El Supremo obliga a revisar el 'megacontrato' de la basura adjudicado a FCC (Carlos Slim) por el PP en la Diputación de Granada en 2015
Los técnicos tendrán que acordar ahora cómo se ejecuta la sentencia que devuelve el proceso a la fase de la valoración de las cuatro empresas que se presentaron
El contrato se adjudicó siendo Sebastián Pérez presidente de la Diputación de Granada, quien fuera candidato a la alcaldía de Granada por el PP, actualmente concejal y que renunció a la misma para que fuera alcalde con sólo cuatro concejales Luis Salvador de Ciudadanos
El Tribunal Supremo obliga ahora a revisar el 'megacontrato' de la basura que adjudicó la Diputación en 2015. Un auto señala que hay que ejecutar la sentencia del TSJA que tumba este proceso. Y no es sencillo. Los técnicos de la institución provincial tendrán que decidir cómo se lleva a la práctica la sentencia que devuelve el proceso de adjudicación al principio: a la mesa de valoración que eligió a FCC para ejecutar el servicio de 635 millones de euros por 25 años.
El pleno de Diputación dará cuenta hoy de este auto del Supremo que obliga a revisar el llamado "contratazo". El servicio consiste en gestionar el tratamiento de los residuos en la provincia y la adjudicación se produjo en un pleno extraordinario el 8 de mayo de 2015, cuando gobernaba el PP, apenas dos semanas antes de las elecciones municipales.
Más tarde se produjo un cambio de gobierno en la institución y el nuevo presidente, José Entrena, tuvo que firmar el contrato, el mismo que tanto criticaron desde las filas socialistas mientras que estuvieron en la oposición. No podía hacer otra cosa porque los informes de los técnicos de la institución eran favorables. Cuatro empresas líderes en el sector optaron a ese concurso y la adjudicataria resultó FCC. Una de las empresas (Valoriza) que no ganó, acudió a los tribunales y su recurso fue estimado en parte por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Granada en una sentencia de enero de 2017. La misma que ratificó punto por punto el TSJA en mayo del año pasado. El auto del Supremo obliga ahora a ejecutar esa sentencia que no anula el contrato pero que señala que hay que volver al punto de partida, y realizar la valoración de los aspirantes de nuevo.
Los jueces que han intervenido entienden que la empresa que resultó adjudicataria contó con "ventaja" al no aplicársele estricamente el pliego en, al menos, dos puntos. Ahora los técnicos de la Diputación tendrán que decidir cómo vuelven a la valoración.
(Laura Ubago, Ideal)